La opinión presentó los elementos que explican técnicamente de qué manera el incremento en los cargos por los servicios de transmisión a través de la Resolución RES/803/2020 publicada por la CRE y aplicada por CFECIL a los titulares de los Contratos de Interconexión Legados con centrales de generación de energía eléctrica con fuentes de energía renovable o cogeneración eficiente tienen afectaciones negativas sobre la factibilidad económica y comercial de estos proyectos, y más específicamente al proyecto del cliente.
Se analizó la información presentada por el cliente respecto a su proyecto de cogeneración que comprendía desde el arranque de operaciones hasta el 30 de junio 2020. La información detallada de la facturación de sus socios autoabastecidos, número de puntos de entrega y su ubicación geográfica, perfiles de carga, energía y potencia abastecida, niveles de tensión y pagos correspondientes al porteo y documentos correspondientes al desarrollo del proyecto y las aportaciones en infraestructura a la Comisión Federal de Electricidad que se llevaron a cabo para la interconexión del proyecto. En nuestra opinión, el impacto de la RES/803/2020 publicada por la Comisión Reguladora de Energía y aplicada por la Dirección de Contratos de Intermediación Legados (CFECIL) tenia un impacto negativo sustancial sobre al flujo de caja del proyecto y, por ende, afectaba la viabilidad económica del mismo.
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